Política antidroga

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DECLARACIÓN DE POLÍTICA: El propósito de esta política es garantizar la seguridad pública y mantener un entorno de trabajo seguro y productivo para todos los empleados mediante la prevención de accidentes u otros incidentes peligrosos que puedan derivarse del consumo de drogas o alcohol. Esta política se aplica a todos los empleados de la empresa que se encuentren en sus instalaciones. Queda terminantemente prohibida la posesión, el consumo o la venta de alcohol en las instalaciones de la empresa durante las horas de trabajo. Además, la posesión, el consumo o la venta de drogas ilegales están prohibidos en todo momento. Se prohíbe a los empleados presentarse a trabajar bajo los efectos del alcohol o las drogas. Un empleado que esté tomando un medicamento recetado debe presentar a la empresa una declaración del médico que se lo recetó de que el medicamento recetado no perjudicará el rendimiento laboral del empleado. La empresa puede exigir pruebas de detección de drogas a los solicitantes de empleo en puestos sensibles desde el punto de vista de la seguridad. Cualquier solicitante que se niegue a someterse a la prueba dejará de ser considerado apto para el empleo. La empresa puede exigir pruebas de drogas a los empleados que ocupen puestos sensibles desde el punto de vista de la seguridad. Cualquier empleado que se niegue a someterse a la prueba dejará de ser considerado elegible para el empleo. Las pruebas de detección de drogas se realizarán de acuerdo con las normas y reglamentos del DOT/USCG. Específicamente, los individuos serán sometidos a pruebas para detectar la presencia de sustancias controladas [marihuana, cocaína, opiáceos, anfetaminas, fenciclidina (PCP) y alcohol] y pueden estar sujetos a pruebas de drogas previas al empleo, por causa razonable, periódicas, aleatorias y posteriores a accidentes. Dichas personas DEBEN DAR NEGATIVO a la presencia de sustancias controladas. En interés de la seguridad y la salud de sus empleados, la empresa se reserva el derecho de inspeccionar y registrar, de forma aleatoria y sin previo aviso, todos los paquetes, cajas, ropa o cualquier pertenencia personal que se lleve dentro o fuera de la propiedad de la empresa.

DISCIPLINA: Los empleados que infrinjan esta política ya sea por posesión directa o consumo de alcohol o drogas, como se describe anteriormente, o a través de una prueba de drogas positiva verificada o por condena judicial, estarán sujetos al despido inmediato del empleo. Cualquier empleado que no coopere con los requisitos establecidos en esta política, incluyendo la negativa a someterse a la prueba, no proporcionar un espécimen dentro de un plazo razonable, no presentarse a una cita programada para proporcionar un espécimen o la adulteración de un espécimen, estará sujeto a medidas disciplinarias que pueden incluir la terminación inmediata del empleo.

ADMINISTRATIVAS: La empresa prohíbe estrictamente el uso, posesión y/o venta de drogas ilegales, parafernalia de drogas o uso no autorizado de alcohol en las instalaciones de la empresa. La empresa cooperará plenamente con las autoridades públicas en la persecución de cualquier persona que infrinja dicha prohibición. La información relativa a los resultados de las pruebas de drogas y/o alcohol y la información relativa a las infracciones de esta política se tratará como información confidencial. Dicha información sólo se facilitará a los representantes de la dirección que necesiten conocerla. Esta información también se facilitará a las agencias federales, estatales o locales cuando así lo exija la ley o la normativa. Los resultados de las pruebas o la documentación que demuestre que el empleado ha sido sometido a pruebas aleatorias de detección de drogas se facilitarán a dicho empleado o a su representante designado, previa solicitud por escrito del empleado.

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7.29.20

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